viernes, 22 de julio de 2016

LA RESPONSABLIDAD DE LOS MEDICOS DEL INPEC EN LAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS.

La Brigada Jurídica EDUARDO UMAÑA MENDOZA, se solidariza con los presos políticos del patio 4 de la Picota, que se mantienen en desobediencia civil por los graves problemas de salud.
LA RESPONSABLIDAD DE LOS MEDICOS DEL INPEC EN LAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS.
Por: WLDARICO FLOREZ-PEÑA
Presidente

Los prisioneros políticos colombianos, desde hace muchos años vienen librando una tenaz lucha y resistencia por sus derechos, ante los graves atropellos por parte de la guardia del INPEC, tal ha sido el caso que sentencias de la Honorable Corte Constitucional como la T-153 de 98, evidencio la creciente vulneración de los derechos humanos en las cárceles y penitenciarias del país, situación que se sigue presentando al punto que la situación NO mejora, se empeora.
Igualmente la Sentencia T-282 en el caso de Valledupar- Cesar, en la penitenciaría La Tramacua- la Guantánamo Colombiana, sitio de torturas y tratos crueles y degradantes a los prisioneros, por estos hechos el Director del INPEC, Brigadier General JORGE LUIS RAMIREZ ARAGON, fue sancionado y así han pasado una serie de hechos conocido en el ámbito jurídico como un “estado de cosa inconstitucional en el sistema penitenciario y carcelario colombiano”.
Miremos al respecto lo que dijo el Consejo de Estado:
“El Consejo de Estado resolvió castigar al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -Inpec- por las violaciones a los derechos fundamentales de un importante número de presos en la cárcel de Valledupar, conocida como 'La Tramacúa'. Por los hechos, el director de la entidad recibirá arresto y multa.
El alto tribunal determinó que hubo desacato a la Sentencia T-282 de 2014, por parte del director general del Inpec, proceso en el cual se vulneraron los derechos fundamentales de un alto número de detenidos del establecimiento penitenciario y carcelario de alta y mediana seguridad de Valledupar, conocido como La Tramacúa.
Esta decisión desmiente al Tribunal Administrativo del Cesar que en sentencia del 13 de julio de 2011, negó la acción de tutela que exigía el cumplimiento inmediato de la Sentencia.
Gloria Silva, abogada penalista y Secretaria General del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos -CSPP-, manifestó que el fallo "es un paso más en la lucha de los detenidos con el acompañamiento de las organizaciones de derechos humanos, por mostrar que a pesar de que las ordenes de la Corte Constitucional fueron precisas, se siguen violentando los derechos en distintos niveles". La abogada resaltó que es muy importante que se haya sancionado a la dirección general de la autoridad penitenciaria al constatar los incumplimientos.”
Lo cierto es que el grave estado de salud que padecen los presos políticos y la población carcelaria en General, tiene uno responsables que hasta ahora No han sido denunciados, miremos por ejemplo que los médicos que prestan dicho servicio en las cárceles y penitenciarias y la misma entidad prestadora del Servicio –Caprecom-
Hay y existe una Ética médica en Colombia y unos principios que la gobiernan, nuestra constitución política en el titulo II, Capitulo 2, establece “el derecho al acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud”, es decir que el sistema de salud se estructura como parte de la prestación del sistema de seguridad social. Ello quiere decir que la ética médica tiene un amplio cuerpo disciplinario que debe ser ejercido con toda la responsabilidad e incluso aspectos relevantes a la hora de considerar la acción práctica del médico en materia penal.
Los médicos del INPEC y /o las entidades que prestan dicho servicio en las cárceles y penitenciarias tiene el deber a desarrollar bien su profesión en busca de mejores condiciones de convivencia en los establecimientos, por ello deben distinguir dentro de lo ético y estar ajustados siempre al bien, de compromiso social y la moral hipocrática.
Miremos el caso de un preso político en el Eron Picota:
“Un caso emblemático
Edilson Martínez es uno de los prisioneros políticos más enfermos. Actualmente se enfrenta a la posibilidad de perder una pierna pues, luego de dos meses y tras ser sometido a tortura por parte de funcionarios del Inpec, no ha recibido atención médicaalguna.
La MAPP-OEA, en su visita de verificación, conoció el episodio de Martínez y el de cerca de 100 presos más, entre los que se encuentran casos de gestantes y lactantes, enfermedades terminales y personas de la tercera edad que no cuentan con una pronta solución a sus problemáticas.”
Ello quiere decir que los médicos deben apreciar el conjunto de principios que gobiernan la ética médica, así como las normas morales que regulan la asistencia médica, las relaciones entre el paciente y el médico. La medicina tiene su finalidad primaria y principal en la defensa y protección de la vida, de nacer, morir, cuidar, curar entre otros.
Podemos remontarnos al Código de Nuremberg de 1947, que juzgaba a médicos y científicos que llevaban a cabo experimentos biomédicos en prisioneros de campos de concentración. Por eso se hace indispensable que en las cárceles y penitenciarias colombianas se creen los Comités de Ética hospitalaria, que establece la Resolución No. 13437 de 1991, donde claramente se establece un decálogo de los derechos de los pacientes.
También tenemos la Resolución No. 1441 del 6 de mayo de 2013, por la cual se definen los procedimientos y condiciones que deben cumplir los prestadores de servicios de salud para habilitar los servicios y se dictan otras disposiciones, en ese mismo sentido la Ley 1164 de 2007, que regula el talento humano en salud y tiene unos principios generales, como la equidad, calidad, ética, integridad, concertación, unidad y efectividad.
Toda esta normatividad y procedimientos gobiernan la ética médica y tiene gravísimas responsabilidades disciplinarias, penales y administrativas y debe haber una moralidad en relación con el cuidado de los prisioneros políticos que han venido reclamando a través de huelgas de hambre, protestas pacificas, desobediencia civil y otras formas de resistencia para lograr que el derecho a la salud se respete en las cárceles y penitenciarias del país y lograr el bienestar del paciente y comprometerse a aplicarlo.
Las remisiones a los especialistas deben ser de urgencia e inmediatamente según el principio de beneficencia como lo establece la Ley 23 de 1981 y establece una serie de derechos dentro del principio de autonomía como la de presentar quejas por la atención recibida o no recibida. Con todo ello se busca verificar si efectivamente hubo exposición al riesgo injustificados y si esa exposición al riesgo de manera injustificada, incidió en el resultado lesivo no, además de entrar a verificar si no se violento el principio de autonomía en el sentido de que el paciente hubiera prestado un consentimiento verdaderamente informado, si esa ausencia de información adecuada le impidió al paciente de manera autónoma decidir si enfrentaba ese riesgo o no, así como también, si la ausencia de información hizo que el paciente enfrentara unos resultados que no estaba obligado a resistir.
En conclusión quién responde por los muertos en las cárceles y penitenciarias colombianas por falta de atención medica? No será que los Médicos, empresas prestadoras del servicio de salud y demás personal sanitario deben de ser investigados disciplinaria y penalmente por los graves hechos que se presentan diariamente por acción y omisión de dichos personal, Qué acciones ha adelantado el Ministerio Publico y la Fiscalía al respecto?; será que la Jurisdicción Especial para la Paz que se implementara si se firman los Diálogos de la Habana –Cuba con las FARC-EP, conocerá estas reiteradas violaciones a los derechos humanos de los Prisioneros Políticos y demás comunidad de presos.?
Es que el INPEC, ni si quiera tiene en cuenta la normatividad internacional como que, el protocolo adicional a los convenios de Ginebra relativos a la protección de las víctimas de conflicto armado nos habla de un trato humano y que dichas garantías fundamentales deben ser respetadas por el Estado colombiano y el INPEC es decir que se respete su persona, su honor, sus convicciones y prácticas religiosas, su salud, su integridad física y mental y el no sometimiento a tratos crueles y tortura.
Pero también el mencionado protocolo adicional resalta en su artículo 5 a que los heridos y los enfermos serán tratados humanamente y recibirán los cuidados médicos que exija su estado de salud y si el Estado decide liberar a estas personas que están privadas de la libertad debe tomar las medidas necesarias para garantizar su seguridad. En síntesis, es urgente y necesario que el gobierno ordene a través de la defensoría del pueblo o de un organismo internacional de derechos humanos acciones recíprocas de carácter humanitario para los prisioneros de guerra de las FARC-EP.
Todo lo contrario sucede con los médicos que asumen su ética profesional como el caso del Dr. CARLOS ALFONSO FIGUEROA PARRA, con el cual me permito concluir este articulo:
“UN EPISODIO DE GUERRA
Soy médico y en el ejercicio ético de mi profesión, he debido atender muchos pacientes provenientes de todas las clases sociales, de todas las profesiones, incluyendo delincuentes sociales y gubernamentales, sin que jamás haya pertenecido a ninguna organización social inerme o armada, diferente a la de los buscadores de la JUSTICIA SOCIAL (que no es ninguna organización).
En razón de mi práctica profesional he tenido que soportar la cárcel en 2 condenas de la justicia gubernamental, que han sumado más de 10 años. Mi único orgullo es el de haber atendido pacientes y haber salvado algunas vidas, sin que por mi culpa, jamás se haya sacrificado ninguna y sin haber devengado ningún dinero por esta causa.
Al final de mi jornada, me hago una pregunta: ¿Valió la pena?
………..
Los paisajes que se miran en las montañas del cauca son incomparables: se comienza a ascender arriba de Santo Domingo, hacia Siberia en el páramo, por entre flores más que bellas que se cuelan entre las grietas de la montaña bajo los gigantescos árboles. Al final del ascenso llegamos a una casa deshabitada, al lado de una pequeña laguna y allí descansamos porque teníamos que llegar rápido para curar varios heridos que estaban a una jornada de camino, bajando hacia el lado del Tolima.
Una bomba había estallado y un joven guerrillero se había lanzado sobre ella para proteger a sus compañeros. Su cuerpo quedó destrozado y las astillas de sus huesos quebrados se convirtieron en proyectiles que se incrustaron en los cuerpos de sus camaradas. El ambiente era muy triste, sobre todo porque amaban al muerto y admiraban su comportamiento ejemplar que lo había llevado a sacrificarse para protegerlos.
- “Mejor me hubiera muerto yo”.
Era una frase que se repetía en labios diferentes, mientras las lágrimas asomaban en esos ojos puros que tienen los héroes del pueblo. Nadie se quejaba por el dolor ocasionado por las curaciones, todos se quejaban por la tragedia del compañero desaparecido.
Lo enterramos a la sombra de un cedro rojo milenario, mientras llegaba su madre, -que era una compañera también-, para darle la noticia.
Cuando ella llegó, nadie tuvo que decírselo. Ella lo sabía y dijo solamente:
- “En dónde está el cadáver?”
- “Compañera: está descansando a la sombra de ese árbol, mientras usted decide si lo llevamos para Cali o para donde la familia considere que debemos enterrarlo definitivamente. El es un héroe del pueblo y merece todos los honores”.
Fuimos a su tumba y ella se quedó guardando un silencio que opacó todos los murmullos de la selva y el cantar de la quebrada. Al rato dijo:
- “Ni el millonario más grande del mundo, se ha podido, ni se podrá dar el lujo de tener una tumba más hermosa que esta: cubierta por el cielo que a todos nos pertenece, aromada por los árboles y las flores de la selva, en donde las aves le cantarán hasta la eternidad, mientras el agua le da vida a la vida misma. Compañeros: sigamos nuestra lucha porque a mi hijo le ha tocado el final de la jornada. Dejémoslo que descanse en este sitio hasta que la victoria del pueblo venga a acompañarlo”.
Entre lágrimas de admiración y de tristeza, regresamos al campamento y yo volví al pueblo a seguir con mi consultorio.
Hoy, cuando se adelantan conversaciones con el gobierno “en la búsqueda de la paz”, recuerdo este caso, como el de muchos que atendí directamente y muchísimos más que nadie quizá recordará, pero que son cientos de miles, de los hombres y mujeres que dejaron su vida en la búsqueda de la paz, que debe resultar de la justicia social. Y me pregunto: ¿Valió la pena, tanto sacrificio como el que se vio obligado a hacer el pueblo, para obtener lo que hoy nos está dando el gobierno?
Febrero 6 de 2016.
“Año de la Amnistía e Indulto”



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